LIQUIDACIÓN DE CONTRATO Y PRIMA DE SERVICIOS
1. Finalización del tiempo pactado en el caso de los contratos
de trabajo a término fijo.
2. Retiro del trabajador por jubilación.
3. Terminación unilateral por cualquiera de las partes en cualquier momento. Aplica para contratos a término fijo y para indefinidos.
2. Retiro del trabajador por jubilación.
3. Terminación unilateral por cualquiera de las partes en cualquier momento. Aplica para contratos a término fijo y para indefinidos.
SE DEBE LIQUIDAR LO SIGUIENTE
- Salarios adeudados
- Prestaciones sociales
- Aportes parafiscales a que haya lugar
- Aportes a seguridad social
- Indemnizaciones si hubiere lugar a ellas
PRIMA DE SERVICIOS
Toda empresa debe pagar a sus empleados como
prima de servicios, un salario mensual
por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será
proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado,
cualquiera que este sea.
La prima de servicios corresponde a la
participación del trabajador en las utilidades obtenidas por la empresa,
beneficio que contemplaba la legislación anterior a la vigente.
Los únicos trabajadores que no tienen
derecho a la prima de servicios son los trabajadores del servicio doméstico.
Anteriormente, los trabajadores ocasionales o
transitorios no tenían
derecho a la prima de servicios, pero la norma que consagraba esta excepción
[Artículo 306 del código sustantivo del trabajo]
fue declarada inexequible en la parte pertinente, por la corte
constitucional en sentencia C-825 de 2006.
Igualmente, el artículo 306 del código
sustantivo del trabajo, establecía que en caso que el trabajador fuera
despedido por justa causa, se perdía el derecho a la prima de servicios, aparte
que también fue declarado inexequible por la corte constitucional en sentencia
C-34 de 2003.
La prima de servicios se debe pagar en dos
cuotas anuales; la primera a más tardar el último día del mes de junio y
la segunda durante los primeros 20 días del mes de diciembre, por tanto, cada
liquidación corresponde a un semestre.
El salario base sobre el cual se debe
calcular la prima de servicios, es el promedio del sueldo devengado
en los seis meses que corresponden a cada una de las liquidaciones.
Para determinar el promedio salarial sobre el
cual se calcula la prima de servicios, se suman los ingresos recibidos por el
trabajador en cada mes y luego si dividen por 6 o por el número de meses si
estos son inferiores a 6.
Gerencie.com (2 de
diciembre 2015) recuperado de http://www.gerencie.com/liquidacion-del-contrato-de-trabajo.html
Gerencie.com (10 de
septiembre 2013) recuperado de: http://www.gerencie.com/prima-de-servicios.html