FUERO DE MATERNIDAD
FUERO DE MATERNIDAD
El fuero de maternidad hace referencia a la protección especial que la ley laboral ofrece a la mujer trabajadora que se encuentra en estado de embarazo o en periodo de lactancia, de suerte que no se puede despedir durante ese tiempo.


Según el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo, la trabajadora que se encuentra en periodo de lactancia no podrá ser despedida por este motivo, según se indica esta prohibición de manera expresa.
Estos criterios generales deben ser conocidos por todos los empleadores, sean de pequeñas, medianas, o grandes empresas, para el tratamiento de sus trabajadoras en cuanto a la comunicación de embarazo y terminación de sus contratos. La Corte Constitucional al unificar la jurisprudencia emitida, aclara las posibilidades que tienen los empleadores frente a sus trabajadoras y los derechos laborales que ellas tienen al momento de ser madres y durante su embarazo. De esta manera, al regirse por criterios claros y generales, se busca una sola interpretación y la reducción significativa del surgimiento de casos especiales. Así, las nuevas resoluciones de demandas ante la Rama Judicial, frente a este tema, deberán ser basadas sobre la Sentencia.
Bibliografía
Ministerio de Trabajo. (20-diciembre-2010). fuero de maternidad. 09-octubre-2016, de Mintrabajo Sitio web: http://www.gerencie.com/fuero-de-maternidad.html