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LIQUIDACIÓN DE CONTRATO Y PRIMA DE SERVICIOS

1. Finalización del tiempo pactado en el             caso de los contratos de trabajo a término     fijo.
2. Retiro del trabajador por jubilación.
3. Terminación unilateral por cualquiera de      las partes en cualquier momento. Aplica        para         contratos a término fijo y para        indefinidos.


SE DEBE LIQUIDAR LO SIGUIENTE
  1. Salarios adeudados
  2. Prestaciones sociales
  3. Aportes parafiscales a que haya lugar
  4. Aportes a seguridad social
  5. Indemnizaciones si hubiere lugar a ellas




PRIMA DE SERVICIOS


Toda empresa debe pagar a sus empleados como  prima de servicios,  un salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será  proporcional  al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea.

La prima de servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades obtenidas por la empresa, beneficio  que contemplaba la legislación anterior a  la vigente.

Los únicos trabajadores que no tienen derecho a la prima de servicios son los trabajadores del servicio doméstico. Anteriormente, los trabajadores ocasionales o transitorios no tenían derecho a la prima de servicios, pero la norma que consagraba esta excepción [Artículo 306 del código sustantivo del trabajo] fue declarada inexequible en la parte pertinente, por la corte constitucional en  sentencia C-825 de 2006.

Igualmente, el artículo 306 del código sustantivo del trabajo, establecía que en caso que el trabajador fuera despedido por justa causa, se perdía el derecho a la prima de servicios, aparte que también fue declarado inexequible por la corte constitucional en sentencia C-34 de 2003.

La prima de servicios se debe pagar en dos cuotas anuales; la primera  a más tardar el último día del mes de junio y la segunda durante los primeros 20 días del mes de diciembre, por tanto, cada liquidación corresponde a un semestre.

El salario base sobre el cual se debe calcular la prima de servicios, es el promedio del sueldo devengado en los seis meses que corresponden a cada una de las liquidaciones.

Para determinar el promedio salarial sobre el cual se calcula la prima de servicios, se suman los ingresos recibidos por el trabajador en cada mes y luego si dividen por 6 o por el número de meses si estos son inferiores a 6.




Gerencie.com (2 de diciembre 2015) recuperado de http://www.gerencie.com/liquidacion-del-contrato-de-trabajo.html


Gerencie.com (10 de septiembre 2013) recuperado de: http://www.gerencie.com/prima-de-servicios.html
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