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FALLO CASO DE ROSA MARÍA BURDANO DE SEGUNDA INSTANCIA- JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE BOGOTÁ

El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bogotá, mediante providencia datada el nueve (9) de noviembre de 2009, resolvió revocar el fallo del Juez Dieciséis Civil Municipal de Bogotá y en su lugar negar la protección de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al mínimo vital, a la igualdad, al trabajo y a la seguridad social, por considerar que del acervo probatorio recaudado se puede concluir que entre la actora y la entidad accionada no existe vínculo laboral alguno, ya que ésta fue vinculada mediante contrato de prestación de servicios.

De otra parte el a-quien manifestó que ‘…Revisando el informativo se vislumbra además que no aparece prueba alguna que respalde las aseveraciones de la accionante en el sentido de que su despido se originó como consecuencia de su enfermedad, ya que, como así lo afirma el accionado, una vez terminado el contrato de prestación de servicios suscrito con aquella, éste no se renovó…’. Por tal razón, le indica a la actora que si‘ considera su despido como injusto debe acudir a la instancia judicial pertinente a fin de que allí se debata tal asunto’.
En consecuencia, indica que ‘del caudal probatorio allegado’ no se desprende la vulneración a derecho fundamental alguno, ni la configuración de un perjuicio irremediable que haga viable el amparo deprecado.






http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2010/T-490-10.htm

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